Si estás considerando establecer tu propia empresa y deseas optar por una Sociedad Limitada (S.L.), has tomado una decisión acertada. Las S.L. son una elección recomendable, rápida y práctica para pequeños empresarios que buscan proteger su patrimonio personal. En este artículo, te presentaremos una guía paso a paso actualizada para crear tu S.L. en 2023 ya hacerte la vida más fácil.
Paso 1: Registrar el nombre de la empresa
El primer paso en la creación de una Sociedad Limitada es registrar el nombre de la empresa en el Registro Mercantil Central. Deberás solicitar un certificado negativo de denominación social, lo que garantiza que el nombre que has elegido no coincide con el de ninguna otra empresa. Este proceso se puede realizar en línea a través del sitio web del Registro Mercantil Central, con un coste aproximado de 16 euros. Deberás tener preparados 5 posibles nombres para la nueva SL por orden de preferencia. Una vez obtenido el certificado, el nombre quedará reservado durante seis meses, aunque su validez inicial ante notaría es de tres meses.
Paso 2: Abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa
Después de obtener el certificado de denominación social, debes abrir una cuenta bancaria a nombre de tu empresa y depositar el capital mínimo inicial, que es de 1 euro. El banco proporcionará un certificado a cada socio depositante que se deberá presentar en la notaría. No podrás disponer del dinero hasta que presentes el alta en Hacienda y las escrituras selladas por el Registro Mercantil, pero después de eso, podrás utilizar el capital social para gastos e inversiones de la empresa.
Hemos de mencionar que desde la ley Crea y Crece el capital mínimo inicial a aportar es de 1 euro pero que el capital mínimo establecido de una Sociedad Limitada debe ser de 3.000,00 euros. Es por ello que, si inicialmente aportamos un capital inferior a esa cuantía, tendremos dos restricciones fundamentales:
- Deberemos destinar un 20% de los beneficios de la Sociedad a Reservas, hasta alcanzar el mínimo de 3.000,00 euros o limitación en el reparto de dividendos.
- En caso de liquidación, los socios responderán solidariamente sobre la diferencia hasta alcanzar los 3.000,00 euros.
Recordad que no se podrá disponer del dinero hasta que tengamos las escrituras inscritas en el Registro Mercantil.
Paso 3: Redacción de los Estatutos Sociales
Los socios de la S.L. deben redactar los Estatutos Sociales, que son un conjunto de normas que regirán la empresa y se incorporarán a la escritura pública de la constitución. A través de nuestro PAE, este proceso se ha simplificado significativamente y se utilizan estatutos simplificados tipo sin coste. Los Estatutos Sociales deben incluir elementos esenciales como la denominación de la sociedad, la modalidad de la Sociedad, el objeto social, la fecha de cierre del ejercicio, el capital social, las participaciones, su valor nominal o el sistema de administración de la sociedad.
Paso 4: Escritura pública de la constitución
La firma de la escritura pública de constitución de la sociedad se realiza ante un notario. Deberán asistir todos los socios y socias que constituyan la sociedad y aportar la siguiente documentación:
- Certificado del Registro Mercantil Central.
- Certificado bancario.
- Estatutos Sociales.
- DNI original de cada uno de los socios y socias.
- En caso de socios extranjeros, declaración de inversiones exteriores.
Paso 5: Hacienda
- I.F. provisional: Después de firmar las escrituras, debes obtener el N.I.F. provisional de tu sociedad en Hacienda. Para ello, presenta el modelo 036, la fotocopia del D.N.I. del firmante y la fotocopia de la escritura de constitución de la empresa obtenida en la notaría. Este N.I.F. provisional es válido por seis meses y debe canjearse por el N.I.F. definitivo.
- Alta en el IAE: Es necesario darse de alta en el IAE, un tributo local que grava la actividad de empresas, profesionales y artistas. La actividad económica se declarará en el modelo 036 previamente presentado y solo deberemos presentar el modelo 840 cuando el rendimiento neto de nuestro negocio supere el millón de euros.
- Declaración censal del IVA: Esta declaración detalla el inicio, modificación o cese de la actividad. Debe ser presentada por empresarios, profesionales y artistas. Para obtenerla, aporta el modelo oficial 036
Paso 6: Inscripción en el Registro Mercantil de la provincia
Lo siguiente que tenemos que hacer es inscribir nuestra sociedad en el Registro Mercantil de la provincia en la que se encuentra el domicilio social en un plazo de dos meses desde la obtención de la escritura de constitución. Documentación a presentar:
- Copia auténtica de la escritura de constitución de la Sociedad.
- Certificado negativo del Registro Mercantil Central.
- Documento acreditativo de haber liquidado el ITPAJD.
- Copia del N.I.F. provisional.
Paso 7: N.I.F. definitivo
Finalmente, después de completar los pasos anteriores, debes obtener el N.I.F. definitivo de tu sociedad en Hacienda. Esto se hace después de que la sociedad haya sido inscrita efectivamente. Si trabajas con nosotros como punto PAE, podemos obtener el N.I.F. de manera online.
No olvides que una vez que hayas superado estos pasos, la creación de tu Sociedad Limitada será efectiva. Sin embargo, para comenzar la actividad comercial, deberás cumplir con las obligaciones de la Seguridad Social y el Ayuntamiento de la localidad donde esté ubicada tu empresa. Esto incluye el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, la solicitud del número de patronal en caso de contratar trabajadores y la obtención de la Licencia de apertura, si es necesario.
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Seguramente, tras leer este artículo, te hayas dado cuenta de lo complejo que puede resultar constituir una Sociedad por ti mismo. Pero para eso estamos nosotros, Roque Asesores, para hacerte la vida mucho más fácil.
Somos un punto PAE acreditado por el Ministerio de Economía e Industria que, a través del DUE, podemos agilizar toda la tramitación de forma online acelerando el proceso de constitución y abaratando los costes de esta.
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Webgrafía:
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BOE-A-2022-15818 Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de Creación y Crecimiento de Empresas. (s. f.). https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-15818
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Elección de la forma jurídica. (s. f.). https://plataformapyme.es/es-es/IdeaDeNegocio/Paginas/FormasJuridicas.aspx
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Empresas – Trámites y servicios electrónicos – Punto de acceso general. (s. f.). https://administracion.gob.es/pag_Home/Tramites/miEmpresaEnTramites.html
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Portal PAE electrónico. (s. f.). https://paeelectronico.es/es-es/Paginas/PagInicio.aspx
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Roque Asesores. (2023, 11 septiembre). Punto PAE en Alicante. Roque Asesores. https://roqueasesores.com/punto-pae/



